Debido a la retirada de la autorización europea de los 10 productos tradicionales de aromas de humo, el sector agroalimentario debe reformular sus recetas antes de 2026 y 2029, en particular gracias a nuevas soluciones aromáticas de sustitución
Contexto normativo:
El Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2067 prohíbe el uso de los productos primarios de aromas de humo SF-001 a SF-010 en la Unión Europea.
Plazos de la prohibición:
Soluciones de sustitución:
Gamas de alternativas líquidas y en polvo desarrolladas en Grasse (06):
Ante la prohibición europea de los productos primarios de aromas de humo (SFPP) impuesta por el Reglamento (UE) 2024/2067, los industriales deben reformular sus recetas. Para afrontar este reto, Expressions Aromatiques ha desarrollado en su sede de Grasse alternativas de síntesis («humo») y naturales («amaderado»). Estas soluciones preservan el perfil organoléptico de sus aplicaciones y garantizan, al mismo tiempo, el cumplimiento de la normativa.
Ubicada desde 1999 en la cuenca de Grasse (Mouans-Sartoux), cuna mundial de los aromas y del perfume, Expressions Aromatiques pone su experiencia industrial al servicio de los actores de la industria agroalimentaria internacional. Con certificación ISO 22000, nuestra empresa combina el saber hacer aromático con el rigor científico para responder a los cambios tecnológicos y normativos de nuestro sector.
El Contexto Normativo y los Plazos Clave:
El 1 de agosto de 2024 se publicó el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2067, que prohíbe el uso de los productos primarios de aromas de humo (SFPP – Smoke Flavouring Primary Products) en la Unión Europea. Esta prohibición se aplica directamente a los productos derivados que contengan estas materias primas.
Plazo para las categorías de alimentos como snacks, patatas fritas, galletas saladas, salsas y kétchup, aceites y marinadas.
Plazo para los quesos, las carnes picadas o transformadas, el pescado transformado y los productos de la pesca.
Para sustituir eficazmente los SFPP sin alterar la experiencia sensorial de sus productos, nuestros laboratorios han desarrollado dos gamas de alternativas adaptadas a las exigencias técnicas industriales.
Esta gama se ha desarrollado para ofrecer perfiles organolépticos variados y cercanos a los de los aromas de humo tradicionales.
Ejemplos de Aplicaciones y Dosis
1,50 g/kg a 10,00 g/kg (p. ej. LA 26475/1, SA 26422).
1,50 g/kg a 14,00 g/kg (p. ej. LA 19113/2, SA 26422).
3,00 g/kg a 10,00 g/kg (p. ej. SA 26422, SA 26592).
2,00 g/kg a 14,00 g/kg (p. ej. LA 26475/1, SA 2692).
De conformidad con las directrices de la EFFA (European Flavour Association), se recomienda no asociar el término «humo» con la denominación «natural». Por ello, nuestros aromas naturales se presentan bajo la denominación «Amaderado».
Ejemplos de Aplicaciones y Dosis
2,00 g/kg a 8,00 g/kg (p. ej. LN 28590/1, SN 29030).
3,00 g/kg a 5,00 g/kg (p. ej. LN 29027, LN 28590/1).
3,00 g/kg a 7,00 g/kg (p. ej. LN 29029, SN 29030).
2,50 g/kg a 8,00 g/kg (p. ej. LN 29027, LN 29028).
La UE adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2067 el 1 de agosto de 2024 para eliminar progresivamente el uso de los productos primarios de aromas de humo (SFPP) y de sus derivados en los Estados miembros. Esta decisión tiene por objeto garantizar un elevado nivel de protección de la salud de los consumidores.
Según las recomendaciones de la EFFA (European Flavour Association), se aconseja no asociar las palabras «humo» y «natural» en la denominación de los aromas. Así, en Expressions Aromatiques, nuestras alternativas naturales se identifican con la denominación «Amaderado» (p. ej. LN 29027, LN 28590/1, SN 29030), mientras que las alternativas de síntesis llevan el nombre «Humo» (p. ej. LA 19113/2, SA 26422).
El reglamento prevé dos plazos según las categorías de productos:
* Campo obligatorio